Informe sostenibilidad
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Se ha aprobado el primer paquete de normas con obligaciones a partir de 1 de enero de 2024 relativas al Reporting sobre sostenibilidad que deberán efectuar aquellas empresas obligadas por los límites establecidos.
La Comisión Europea ha aprobado el primer conjunto de doce estándares europeos de Informes de Sostenibilidad ( ESRS ) en las que las empresas deberán evaluar los asuntos sobre los que informar utilizando el concepto de doble materialidad que requiere información que sea material desde una perspectiva financiera o desde una perspectiva de impacto. También deberán incluir esta información de su cadena de valor.
Informes sobre una amplia gama de temas: Los ESRS requieren proporcionar información sobre impactos materiales, riesgos y oportunidades en una amplia gama de temas ambientales, sociales y de gobierno corporativo.
Tras evaluar la materialidad, las empresas deben asegurarse de tener los datos, los procesos y la experiencia para informar sobre temas que pueden ser nuevos para ellas, como la biodiversidad o la economía circular.
Informar al mismo tiempo que los estados financieros: Las empresas deberán preparar una declaración de sostenibilidad que incluya información requerida por las ESRS como parte de su informe de gestión, publicado al mismo tiempo que los estados financieros anuales.
Entrada gradual: Para dar a las empresas, especialmente a las más pequeñas, más tiempo para implementar los procesos de recopilación de datos y generación de informes, el primer conjunto de ESRS introduce márgenes temporales de uno, dos o tres años.
Todas las empresas, independientemente de su tamaño, pueden optar por no desglosar los impactos financieros esperados relacionados con los riesgos de los aspectos ambientales durante el primer año de presentación de informes. Las compañías pueden proporcionar información cualitativa solo sobre estos impactos financieros durante dos años adicionales.
Tamaño de empresas obligadas:
- A partir de principios de 2024 para grandes empresas de interés público (más de 500 empleados) ya sujetas a la directiva sobre información no financiera, que deberán entregar sus informes en 2025.
- A partir de principios de 2025 para grandes compañías no sujetas a la directiva sobre información no financiera (más de 250 empleados y/o una facturación de 40 millones de euros y/o 20 millones en activos totales), que deberán entregar sus informes en 2026.
- A partir de principios de 2026 del 1 de enero de 2026 para las pymes cotizadas y otras empresas, que deberán entregar sus informes en 2027.
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